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Gestión de Residuos Agrícolas

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medioAmbiente

CAMPAÑA INFORMATIVA SOBRE LA ELIMINACION Y REDUCCION DEL IMPACTO DE LOS RESIDUOS AGRÍCOLAS EN EL T. M DE ALBUÑOL

El Ayuntamiento de Albuñol en el año 2.004 aprobó la Ordenanza Reguladora de la instalación de explotaciones agrícolas bajo plástico en el término municipal de Albuñol ( BOP Nº13 de 22/01/2004) en el que se regula la Gestión de los Residuos Agrícolas y la Restauración Paisajística.

Entre los objetivos que se marca la citada Ordenanza se prevé las acciones dirigidas a favorecer la integración paisajística y asegurar la correcta gestión de los residuos generados por las actividades agrarias.

Asimismo el Plan de Acción Local de Albuñol– Agenda 21 entre los objetivos estratégicos marcados se encuentra la Gestión Integral de los Residuos y Mejora de la Concienciación y Educación Ambiental de los ciudadanos.

Por ello, se lanza desde la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Albuñol la Campaña Informativa sobre la Ordenanza de explotaciones agrícolas en vigor en el municipio y de Educación Ambiental dirigida al sector agrícola del municipio de Albuñol para sensibilizar e implicar al sector en el uso sostenible del territorio y las prácticas agrícolas.


Gestión de los Residuos Agrícolas.

Las explotaciones de invernadero contarán dentro de las parcelas con los contenedores adecuados para el acopio de los residuos generados en su actividad en función de su naturaleza y depositando de forma diferenciada y sin mezclar los residuos orgánicos, plásticos de cubierta, fitosanitarios, inertes para su puesta a disposición del gestor correspondiente.

Los contenedores destinados a acumular los residuos de fin de cosecha deberán ser retirados en un plazo máximo de 48 horas.

La superficie reservada para la localización de los contenedores se cubrirá con solera de hormigón y se dotará de la pendiente que resulte necesaria para la correcta evacuación de los lixiviados hasta zona destinada a su gestión (depósito, arqueta...)

Queda terminantemente prohibida la quema o incineración de plásticos o residuos agrícolas. ( art.11.2 )

TELEFONO PARA LA RETIRADA DE PLASTICOS AGRÍCOLAS: 636 240 420

 

Régimen Sancionador.

Las acciones u omisiones que infrinjan lo previsto en la Ordenanza generarán responsabilidad de naturaleza administrativa y su correspondiente sanción económica.

Se contemplan entre otras como infracciones en materia de residuos agrícolas (art.19):

  • Mantener los contenedores llenos y abiertos con residuos sólidos en las cercanías de los invernaderos.
  • No cubrir con solera de hormigón la superficie reservada para los contenedores y su inadecuado mantenimiento.
  • La quema o incineración de plásticos o residuos agrícolas.
  • Esparcir en las inmediaciones de los invernaderos restos de cosechas, desechos y residuos.
  • La gestión inadecuada de residuos de envases y de fitosanitarios.
  • La inexistencia de contenedor para el acopio de residuos.

Las cantidades que ingrese la Administración Local en concepto de sanciones relacionadas con la Ordenanza serán destinadas a la mejora del medio rural del municipio ( caminos, habilitación de espacios para depósito de residuos...).

 

Restauración Paisajística.

El impacto visual de las explotaciones deberá ser minimizado mediante la implantación de medidas correctoras consistentes en el apantallamiento vegetal de las instalaciones y la revegetación de los taludes expuestos a la cuenca visual predominante ( núcleos de población, vías de comunicación y zonas de uso público desde donde es visible una instalación).

Los taludes generados por las obras de construcción, explotación o abandono ligadas al invernadero deberán ser revegetados con especies autóctonas de diferente porte que protejan el suelo de los efectos de la erosión , dispersión de polvo y que eliminen el impacto visual. ( art.7 )

La no colocación de apantallamiento vegetal ni revegetación de taludes y terraplenes tienen la consideración de infracción administrativa. (art.17)

Los titulares de explotaciones agrícolas deberán realizar las actuaciones necesarias que garanticen la seguridad de la instalación y su mantenimiento aún cuando permanezca sin explotar. Deberá cuidarse la no presencia de residuos, plásticos, envases, hierbas, restos de cosechas y buen estado de cauces, desagües y taludes. (art.9)

 


 

Recogida de papel y cartón

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medioAmbiente

Se informa a todos los establecimientos comerciales del término municipal de Albuñol que la recogida de cartón y papel se realizará por los servicios municipales en cada establecimiento de 9 a 12 horas de lunes a viernes, por lo que deberán tenerlos preparados en el momento de su recogida. Gracias por su colaboración.

 

Bando Municipal - Adecentamiento de Fachadas

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BandoMunicipal

 

EL ALCALDE–PRESIDENTE DE ESTE  AYUNTAMIENTO,

HACE SABER:

Que ante la proximidad de la temporada de primavera y dado que en verano nos visitan gran número de turistas, esta Alcaldía, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 7/02, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, requiere a los propietarios de fincas y Comunidades de Vecinos para que procedan al adecentamiento y blanqueo de sus fachadas, pintado de ventanas, cierres y balcones, a fin de que se mantenga el concepto que estos pueblos merecen al visitante por la limpieza de sus edificios.

Por ello, hasta el 30 de junio de 2012, las solicitudes de licencia de obras para el adecentamiento y blanqueo de fachadas, pintados de ventanas, cierres y balcones gozarán de una bonificación del 99% en el pago de la tasa municipal por licencia de obras.

Asimismo, se advierte que el presente bando no ampara obras que impliquen la alteración de los elementos que componen la fachada (huecos, cornisas, vuelos, etc...). Pasado el plazo antes mencionado, esta Alcaldía podrá ejercitar las facultades que otorgan a mi Autoridad los artículos 155 y 158 de la Ley 7/02, y concordantes del Reglamento de Disciplina Urbanística, y proceder a la ejecución forzosa por vía de apremio a los propietarios de inmuebles para el blanqueo y adecentamiento de sus fachadas.

Esta Alcaldía agradece de antemano la indudable colaboración ciudadana y confía, asimismo, en el exacto cumplimiento de cuanto aquí se dispone.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Dado en Albuñol, a 10 de Abril de 2012.

 

Curso de Iniciación a la vela

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CURSO DE INICIACIÓN A LA VELA

CURSO DE BAUTISMO DEL MAR

 

El Ayuntamiento de Albuñol pone en marcha en colaboración con el Club de Vela de Adra cursos de vela y quienes estén interesados pueden asistir a las reuniones que se van a celebrar en:

ALBUÑOL 19 DE ABRIL – EDIFICIO DE USOS MULTIPLES – 20.45H

LA RABITA 20 DE ABRIL – EDIFICIO DE USOS MULTIPLES – 20.45H

Para mayor información pueden dirigirse a la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Albuñol en horario de mañana.

DescargarDescargar Cartel

 

Real Decreto 4/2012

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Real Decreto 4-2012

 

Aquellas empresas interesadas en conocer el listado de facturas enviadas por el Excmo. Ayuntamiento de Albuñol al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su financiación de acuerdo al Real Decreto 4/2012 podrán descargarse el fichero con el listado de facturas desde el siguiente enlace.

Descargar

 


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